éste Tribunal del Municipio Pao de San Juan Bautista de la de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos IRIS GREGORIA BARONA HEREDIA y LUIS ANTONIO CANELONES NATERA, contraído el día doce (12) de septiembre de 1.983, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo El Pao del Estado Cojedes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado del Municipio Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en El Pao, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. JANET MORONTA BARRIOS. .....