Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por los Ciudadanos BLANCA RAMONA PEREZ SEQUERA, JESUS DAVID VEGAS PEREZ y DAVID EDUARDO VEGAS PEREZ, antes identificados y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar a los ciudadanos BLANCA RAMONA PEREZ SEQUERA, JESUS DAVID VEGAS PEREZ y DAVID EDUARDO VEGAS PEREZ, como Únicos y Universales Herederos ab-intestato de JESUS DAVID VEGAS CASTEJON, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada, previa certificación por secretaría. Se comisionó para la obtención de las copias a la Ciudadana ANA M. SALCEDO, Asistente de este Juzgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.734.187, quien junto con la Secretaria firm.....