este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Rufino Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-7.316.020 y Maria Adelaida Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.326.970. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une desde el día 30 de agosto de 1.984, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del estado Carabobo, a partir de la publicación de la presente sentencia. Segundo: Se homologan los acuerdos suscritos entre las partes sobre: Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaría, relativo a su hija la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de (IDENTIDAD OMIT.....