DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Niega la solicitud del recurrente, al considerar que no existe causal alguna que haga susceptible de nulidad el allanamiento y que el mismo se encuentra ajustado a derecho; SEGUNDO: Niega la solicitud de nulidad de las pruebas ofrecidas en la acusación por el Ministerio Público; TERCERO: Acuerda la admisión de las pruebas relativas a carta de residencia, copia el acta constitutiva de la Cooperativa Los Placeres 099 RL, constancia de que la ciudadana Omaira del Carmen Gutiérrez Rodríguez es Presidente de ésta, copia de la relación de Estado de Cuenta Beneficiario expedida por el Servicio Autónomo de Vivienda Rural (MINFRA), promovidas en su favor para ser incorporadas al juicio oral y público. CUARTO: Parcialmente Con Lugar el recurso de apelación i.....