En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ESTADO COJEDES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: PRIMERO: Decreta que la presentación del Adolescente ciudadano RODRIGUEZ GIL JUAN FRANCISCO, por ante este Tribunal esta Ajustada a lo estipulado en el articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto el hecho se produjo a las 9:25 de la mañana del día Sábado 15 de septiembre de 2007 y las actuaciones fueron consignadas por ante este Tribunal el mismo día a las 5:30 de la tarde por ante la Unidad de recepción de documentos de Alguacilazgo. SEGUNDO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado ciudadano (Identificación que se omite a tenor de lo dispuesto en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Ni.....