DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES CON COMPETENCIA EN EL TERRITORIO DE LOS ESTADOS COJEDES ARAGUA, Y CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta por la profesional del derecho Rosa Amelia Torres.
SEGUNDO: Sin Lugar las defensas de inadmisibilidad de la acción propuestas, de falta de cualidad pasiva y de inepta acumulación de pretensiones alegadas por la representación judicial de la accionada en su escrito de contestación.
TERCERO: Sin Lugar la demanda posesoria agraria por perturbación y daños y perjuicios a la posesión agraria interpuesta por el ciudadano Hilario Garcia teran.
CUARTO: Se Confirma, con distinta motivación la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.