En orden a los hechos expuestos anteriormente, éste Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana AURA VIOLETA VERA, asistida por el abogado en ejercicio ORLANDO PINTO APONTE, todos anteriormente identificados.