DISPOSITIVA
En mérito de lo anteriormente expuesto, Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO RICAURTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara: PRIMERO: Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentada por los ciudadanos: NORELIS JOSEFINA MORILLO CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.709.798, residenciada en el sector Ojo de Agua, Barrio Nuevo, calle principal, casa s/n, Libertad de Cojedes, Municipio Ricaurte, estado Cojedes y EDINSON JOEL PEREZ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.337.547, de ocupación comerciante, residenciado en el sector Sabana Larga, segunda calle, casa Nº 40-47, Libertad de Cojedes, Municipio Ricaurte, estado Cojedes, beneficio de su hijo: SANTIAG.....