En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Especial de la Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de marzo de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, mediante la cual decreta el Sobreseimiento Definitivo de la Causa por la muerte del imputado, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 1º del artículo 48 eiusdem en virtud de que el fallo recurrido adolece del vicio de INMOTIVACIÓN. SEGUNDO: SE ORDENA que un Juez distinto al que dictó el fallo anulado, dicte una nueva decisión prescindiendo de los vicios que dieron .....