CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOÁTEGUI, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO fundamentada en el criterio jurisprudencial con carácter vinculante establecido en la Sentencia Nº 1070 de fecha 9/12/2016, interpuesto por la ciudadana MARELYS YALEXI JIMÉNEZ MÍRELES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.324.297, en consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos MARELYS YALEXI JIMÉNEZ MÍRELES y LUIS ALEXANDER RODRÍGUEZ CASTRO, titulares de la cédula de identidad Nros V- 14.324.297 y V-17.330.908 respectivamente, contraído en fecha veinte (20) de Diciembre del dos mil dos (2.002) por ante la Oficina del Alcalde del Mu.....