DISPOSITIVA
En mérito de lo antes expuesto, este Juez Superior II de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho Constitucional de las partes a un Juez imparcial, principio consagrado en el artículo 49 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: DECLARA CON LUGAR la INHIBICION propuesta por la Jueza Superior Suplente de la Corte de Apelaciones, DAISA MARIELA PIMENTEL LOAIZA, en la causa distinguida con el alfanumérico HP21-R-2016-000123, correspondiente al recurso de apelación de auto interpuesto por los Abogados Vialexy Josefina Casadiego Jiménez y Alberto José Nelo Pargas, Defensores Privados del ciudadano Michael Douglas Angarita Rivero; inhibición que se propone con fundamento en el artículo 89 numeral 8, en concordancia con el artículo 90, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y ACUERDA.....