En merito de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente indicadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la CUESTION PREVIA, opuesta por la parte demandada, esto es la existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto, contemplada en el numeral 8vo del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada en la presente causa por el ciudadano MOOTAZZ MOHAMAD ABOU DIAB, en contra de la ciudadana Rosario del CARMEN DIRGAM MARTÍNEZ DE ROJAS, ambas partes debidamente identificadas en autos; TERCERO: Habiéndose declarado SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada este tribunal en cumpl.....