como AUTOR RESPONSABLE en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el Artículo 406 Ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano PABLO ALEXANDER TOVAR GARCÍA, siendo privado de su libertad en fecha 16/01/2004, manteniéndose ésta hasta la presente fecha (15/07/2008), por lo que lleva privado de su libertad CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS; faltándole por cumplir DIEZ (10) AÑOS, SEIS (06) MESES Y UN (01) DÍA, las cual culminará en fecha DIECISÉIS (16) DE ENERO DE 2019.
Por cuanto se evidencia que el mencionado sentenciado ha cumplido más de ¼ de la pena impuesta, puede optar, previo cumplimiento de los requisitos, a la Formula Alternativa de Cumplimiento de la Pena, consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA la realización de la evaluación psico-social al supra mencionado sentenciado. En consecuencia, SE ACUE.....