IV
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Francisco Piva, en su carácter de representante legal de la Sociedad Mercantil "Grupo Altamira, C.A.", en contra del auto de fecha dieciocho (18) de noviembre de 2013, emanado del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión emanada del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de fecha dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil trece (2.013), en el Juicio por Cobro de Bolívares por Intimación, seguido por la Sociedad Mercantil "Grupo Altamira, C.A.", en contra del el ciudadano Ciro Laverde. TERCERO: Se condena en costas a la parte accionante del present.....