este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO POR INTIMACION), incoada por el ciudadano JEAN MANUEL DE ABREU GOMEZ, asistido por la Abogada KARINA MAGDALA DELGADO, contra el ciudadano ALEXIS RAFAEL VELOZ AGUILAR, identificados en autos. En consecuencia, se ordena remitir en su oportunidad las presentes actuaciones al Juzgado de los Municipios Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Así se decide.-
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.