IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por la ciudadana: INGRIMAR COLMENARES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad número: V-22.596.594, domiciliada en la urbanización Fernando Figueredo, Libertad de Cojedes Municipio Ricaurte, estado Cojedes., en contra del ciudadano: JHONNY JOSE TORREALBA AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero, V-28.339.677, domiciliado en la urbanización Fernando Figueredo, Libertad de Cojedes, Municipio Ricaurte, estado Cojedes, fundamentada en la sentencia vinculante de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1070/2016, de fecha 09/12/201.....