DecisiónDecisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Solicitud de la Medida de Protección a la Producción Agraria formulada por el Abogado ALFREDO JOSE GUEDEZ GUEDEZ, en su carácter de Co-Apoderado Judicial de las Sociedades Mercantiles MATADERO DEL CAMPO C.A. y GRANJA SANTA CLARA C.A., y en uso de sus potestades legales y por existir razones suficientes para el decreto de una medida cautelar de protección y de esta forma resguardar el bienestar colectivo, en consecuencia decreta: PRIMERO: MEDIDA DE PROTECCIÓN PROVISIONAL a la Producción Agraria desarrollada por las Sociedades Mercantiles MATADERO DEL CAMPO C.A. y GRANJA SANTA CLARA C.A. para la continuidad agroalimentaria en la producción avícola que desarrollan, sobre unos lotes de terrenos que se encuentran ubicados en el Sector AGUIR.....