VII
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Se admite el recurso de apelación de auto con efecto suspensivo interpuesto por el Abogado Jesús Omar Superlano, en su condición de Fiscal Décimo del Ministerio Público. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación de autos con efecto suspensivo, interpuesto por el ciudadano Abogado Jesús Omar Superlano, en su condición de Fiscal Décimo del Ministerio Público. TERCERO: SE REVOCA la decisión recurrida dictada en fecha 07 de Julio de 2014, y publicado el auto motivado en fecha 08 del referido mes y año, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de detención domiciliaria a los imputados DENNIS RAFAEL URRIOLA SANTANA y MANUEL ÁLVAREZ G.....