DECISION
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo, con sede en San Carlos, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Niega la solicitud de acumulación de este proceso a la causa signada bajo el N° 809-10, que cursa en este Juzgado, efectuada por el profesional del derecho Pedro Luis Requena Manzanilla.