Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara SIN LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS y DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y DAÑO MORAL, intentada por el ciudadano JUAN MARTÍN BRITO., mediante apoderado judicial en contra de la sociedad mercantil MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE SEGUROS. Así se decide.-