En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por los ciudadanos MARIA GABRIELA MORLOY GARAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.042.273, y ENMANUEL SILVA APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.034.160, residenciados en la Jurisdicción del Municipio Tinaco del estado Cojedes, en beneficio de los adolescentes JOSÉ ALEJANDRO SILVA MORLOY, de catorce (14) años de edad, nacido en fecha 01 de enero del año 2009, ENMANUEL JOSÉ SILVA MORLOY, de doce (12) años de edad, nacido en fecha 16 de junio del año 2010, y de la niña.....