DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de auto, ejercido por la Abogada Aricelys Jackeline Ojeda Mendoza Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 28 de Enero de 2016 en la cual acordó revisar y sustituir la medida judicial de privación preventiva de libertad del acusado JHONATHAN RAÚL TORRES PÁEZ, por medida cautelar sustitutiva de detención domiciliaria con apostamiento policial y fianza personal de tres fiadores, conforme a lo previsto de los numerales 1 y 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, medida que puede ser revocada en caso de que .....