Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual faculta al órgano de administración de justicia, para ejecutar y hacer ejecutar sus sentencias, en concordancia con lo establecido en los artículos 524 del Código de Procedimiento Civil, y 186 del Código Civil, ordena su EJECUCION, expídase por secretaría cuatro (4) copias certificadas de la sentencia, y del presente auto remítase dos de las misma con oficio, a la Oficina de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Cojedes y a la Oficina de Registro Principal del Estado Cojedes respectivamente y una a cada uno de los solicitantes. Se comisionó para la obtención de las copias certificadas a la ciudadana Coromoto del Carmen Figueredo Estrada, Asistente de este Juzgado, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.951.223, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios de conformidad con lo estable.....