VI
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado Leonel Idalgo Brujes Villalobos, en su carácter de defensor privado del ciudadano acusado de autos Jordan Joel Vivas Moreno, en contra del auto de mero trámite dictado en fecha 19 de Octubre de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual resolvió, entre otras cosas, el reingreso nuevamente de la causa penal signada con el alfanumérico N° HJ21-P-2012-000153, al Juzgado de Juicio N° 02, de este Circuito Judicial Penal, seguida en contra de los acusados Jordan Joel Vivas Moreno, Néstor Andrés Macea Abreu y Pablo José Ramírez, plenamente identificados en actas, por la presunta comisió.....