Por los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento presentado por la abogada ELIZABETH DELIGIANNIS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano AIMAN BOUDIAB, en el juicio que por Reivindicación intentaren en contra de la ciudadana KORELLY ANDREINA MENDOZA CABRERA, todos identificados en actas, conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.