ESTE TRIBUNAL MIXTO DE JUICIO DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, POR UNANIMIDAD ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del adolescente: (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), por no haberse demostrado la participación del adolescente en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: MORILLO PADRON MIGDALIA ISABEL, todo de conformidad con el artículo 602 literales "E" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por no haber prueba de su participación. SEGUNDO: Se ordena la libertad plena del adolescente identificado supra y la cesación de las restricciones que le hubieren sido impuestas, una vez firme la presente decisión oficia.....