Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, HOMOLOGA el DESESTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado por la abogada HAYLENT GONZÁLEZ, actuando como en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., parte demandante y debidamente identificada en actas, en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACION intentó la citada entidad financiera en contra de la sociedad mercantil PANADERÍA y PASTELERÍA LA ESPIGA DE ORO, C.A., y la ciudadana MARÍA BERNARDETE PEREIRA DE LECA, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil,. Así se decide.-
Se advierte que el presente proc.....