Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la Pérdida del Interés en la presente solicitud de Inspección Judicial, presentada por el ciudadano ARGENIS MONTAGNE PÉREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.343.367, domiciliado en el sector La Manga, calle Bolívar, casa Nº. 04, de la población de Macapo, municipio Lima Blanco del estado Cojedes.- Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costa, se ordena el archivo de la presente solicitud. Remítase la misma al Archivo Judicial Regional en su oportunidad. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimien.....