Este Tribunal de conformidad con el artículo 3º de la resolución Nº 2008-0014 de fecha 02 de julio de 2008, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, la cual resuelve que los Juzgados de Municipio del estado Cojedes continuarán conociendo de causa de obligación de manutención, hasta que el Tribunal Supremo de Justicia acuerde la entrada en vigencia de la reforma procesal de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en los municipios del estado Cojedes. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, ni a las buenas costumbres, ni disposiciones expresas de la Ley. Se acuerda fijar una audiencia a las 10:00 de la mañana del tercer día de despacho siguiente al que conste en auto el recibo de la última citación, más un (1) día que se concede como término de la distancia, para un acto conciliatorio a los fines de determinar o verificar los extremos exigidos en el artículo 383 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescent.....