Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA EX OFFICIO (DE OFICIO) por haber operado la PERENCIÓN en el juicio que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS y PERJUICIOS DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, intentó el Abogado FELIPE CHACÓN CASTRO, en su carácter de apoderado Judicial de EXPRESOS LOS LLANOS, C.A., en contra del ciudadano JESÚS RAMIREZ OMAÑA, todos plenamente identificados en actas. Así se declara.