En orden a los razonamientos expuestos y por cuanto la parte demandada persistió en el Despido este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Suficiente los salarios caídos consignados por ALMACENES FRIGORIFICOS DEL CENTRO (ALFRIO C. A). Segundo: Se ordena a ALMACENES FRIGORIFICOS DEL CENTRO C.A. (ALFRIO C.A.) el pago de la diferencia por prestaciones sociales aquí acordadas. Tercero: En virtud de la presente decisión, no hay condenatoria en costas de la demanda incoada por el ciudadano FREDDY FARFAN PALMA venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 11.147.187, contra ALMACENES FRIGORIFICOS DEL CENTRO (ALFRIO C. A).