este Tribunal de Protección del Adolescente y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Rafael Roberto González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-5.208.286 y Gladys Coromoto Guerra Torres, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.566.087. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une desde el día 08 de septiembre de 1.983, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Turen, del estado Portuguesa, a partir de la publicación de la presente sentencia. Segundo: Se homologan los acuerdos suscritos entre las partes sobre: Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaría, relativo a su hija la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA). Regístrese y Publíq.....