En virtud de las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Neida Josefina Castillo y Leopoldo Gilberto Tovar, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.693.775 y V-3.690.264, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Tinaco del Estado Cojedes, el veintiuno de noviembre de mil novecientos setenta y cinco (21/11/1975).