Con fundamento a ello, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, la demanda por SOLICITUD DE PENSIÓN DE ALIMENTOS, incoada por la ciudadana YOLANDA COROMOTO GUERRA RODRIGUEZ, ya identificada, en su carácter de madre y representante legal del niñoxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, contra el ciudadano JOSE MANUEL RONDON RODRIGUEZ, igual identificado. Cúmplase.