CAPITULO IV
DISPOSITIVA.
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOÁTEGUI, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO fundamentada en el criterio jurisprudencial con carácter vinculante establecido en la Sentencia Nº 1070 de fecha 9/12/2016, interpuesto por el ciudadano MOISÉS ALEXANDER RODRÍGUEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.688.795, en consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos MOISÉS ALEXANDER RODRÍGUEZ ROMERO y SARAIS LEIDIZ SEQUERA CONTRERA, titulares de la cédula de identidad Nros V-23.688.795 y V- 25.328.605 respectivamente, contraído en fecha veintitrés (23) de marzo del dos mil veintidós (2022) por ante la Oficina de.....