CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por los ciudadanos GENESIS EUGENIA COLMENARES GARCIA y FELIX EDUARDO ROJAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.270.950 y V- 18.849.161, respectivamente y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde veinticuatro (24) de Octubre de dos mil catorce (2014), hasta la presente fecha. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar la presente decisión, ante el Registro Civil del.....