VI
DECISION
En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el profesional del derecho ADOLFO HOBAICA, identificado en actas, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil AGRICOLA SANTO DOMINGO, CA., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda bajo el N° 10, Tomo: 111-A en fecha 23 de Diciembre de 1970, contra el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en la sesión Número Ext 53-07, Punto N° 125 de fecha 15 de Junio de 2007
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-.....