Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO hasta que el demandante solicite nuevamente la citación de todos los codemandados de conformidad con lo previsto en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE.