III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA, la decisión de fecha 13 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mediante la cual, declaró inadmisible la presente acción de Amparo Constitucional, intentada por la sociedad mercantil Abasto, Carnicería y Licorería San Carlos, C.A., en contra de la medida cautelar típica de secuestro, dictada por el Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 23 de noviembre de 2010, en el juicio que por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal, intentado por el ciudadano.....