VI
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Con lugar la inhibición propuesta por el Abogado Wilfredo Alfonso López Medina, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, conforme a la causal contemplada en el artículo 89 numeral 7 y artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se aparta del conocimiento de este asunto al Juez antes mencionado, ordenándosele al Juez a quien haya correspondido de manera temporal conocer de la causa principal signada con el número HP21-P-2015-004047, seguir conociendo de la misma y se acuerda oficiar e informarlo sobre el contenido de la presente decisión, dentro de la veinticuatro (24) horas siguientes a la presente decisión, dando cumplimiento a la Sentencia Vinculante N° 1175 de.....