Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Sentencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA PENA POR PRESCRIPCIÓN, al Ciudadano: JOAN CARLOS GUILLEN BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.219.235, por prescripción de la misma, de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 Ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en guardada relación con el articulo 479 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.