-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: MERVY ZARAY MERCADO DE NOGUERA Y OSWALDO ANTONIO NOGUERA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédulas de identidad Nro.V-16.775.036, y Nro.V-15.629.240; respectivamente; correo electrónico: mervy1610@gmail.com, residenciados en La Morita callejón sin nombre del Sector Animas del Jobo del Municipio Tinaco del Estado Cojedes, debidamente asistida por el abogado VICTOR FERNANDO CALATAYUD APARICIO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de Identidad, Nro.V-15.630.145 inscrita en el Instituto de Pre.....