Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio del ciudadano: JOSÉ RAFAEL AGUIRRE HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº. 12.769.688 y a las 10:30 a.m. a la ciudadana DELCIA ESMERALDA DÍAZ MEJÍAS, titular de la cédula de identidad, Nº. 15.139.979, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.