Asimismo por efectos de la transacción celebrada entre las partes, se suspende la medida de Embargo Provisional, decretada por este Tribunal en fecha 17/06/2008, practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 03/07/2008; y en consecuencia se acuerda oficiar a la DEPOSITARIA JUDICIAL LOS TRES CANDADOS en la persona de su representante legal ciudadano MARCELINO ARAUJO, a los fines de que haga entrega a la parte demandada de los bienes objeto de embargo descritos en el acta de fecha 03/07/2008, levantada en la oportunidad de la practica de dicha medida cautelar por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, de la cual se anexa copia certific.....