Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el segundo (2er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana, MORELBA FRANCO, titular de la cédula de identidad Nº 10.987.068, y a las 10:30 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana, YUSMERY GREGORIA TOVAR, titular de la cedula de identidad Nº 13.970.601, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.