este Tribunal resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos: RAFAEL ANTONIO, GILBERTO ANTONIO, VÍCTOR JULIO, CARMEN YNMACULADA, MARIA TERESA y JOSÉ FRANCISCO BARRETO COLMENARES, la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos VÍCTOR JULIO BARRETO y MARIA ALBERTINA COLMENARES MIERES, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento de los nombrados ciudadanos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dejando a salvo los derechos de terceros". Devuélvase originales con sus resultas a la parte interesada.