Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato interpusiera el ciudadano JOSÉ TOMAS QUERALES GARCIA, representante legal de la empresa mercantil SEGURIDAD ARISTARCO C.A., en contra de la sociedad mercantil HACIENDA LAS CUATRO J, C.A., en la persona de su representante legal JUAN ALBERTO RODRIGUEZ ARCILA, todos debidamente identificados en actas.-
SEGUNDO: Se condena a la demandada sociedad mercantil HACIENDA LAS CUATRO J, C.A., a pagar la suma de BOLÍVARES VEINTIDOS MIL CIENTO CINCO (Bs. 22.105,00), por concepto del servicio de vigilancia prestado durante los meses de junio, julio y agosto del año 2008 contemplado en el indicado contrato, mont.....