En consecuencia, firme como ha quedado la anterior decisión dictada por este Tribunal en fecha 10 de Diciembre de 2015, se ordena su ejecución.- Expídase por Secretaria las copias certificadas solicitadas, remítase copia al Registro Civil de Municipio San Carlos, del estado Cojedes y al Registro Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil