-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOSÉ RAÚL HERRERA FLORES y ZENAIDA COROMOTO PINTO DE HERRERA, contraído el día treinta y uno (31) de julio de Mil Novecientos Noventa y uno 1991, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo San Carlos, del estado Cojedes.-