Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 07/07/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : HP01-L-2006-000077 N° Sentencia : Fecha: 07/07/2009
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
OTILIO JOSE GONZALEZ CONTRA GRANJA BABALUE AYE (SUCESION JULIAN SOTO REYES).
Resumen:
En consecuencia explicado lo anterior y tomando en consideración los términos en los cuales fue planteada la impugnación de la referida experticia es menester que esta Juzgadora señale lo establecido en el articulo 92 de la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela el cual reza: "Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. EL salario y las prestaciones sociales son créditos laborables de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozaran de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal" (comillas y negrillas del Tribunal) En este sentido una vez revisada minuciosamente la experticia complementaria del fallo elaborada por la Lic. Criseida Hernández, se constata que la misma se ajustó a los paramentos establecidos en el dispositivo del fallo dictado por el Tribunal de Alz.....
Juez/Ponente:
Sanil Aparicio Veloz
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : HP01-L-2006-000077 N° Sentencia : Fecha: 07/07/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
OTILIO JOSE GONZALEZ CONTRA GRANJA BABALUE AYE (SUCESION JULIAN SOTO REYES).
Resumen:
En consecuencia explicado lo anterior y tomando en consideración los términos en los cuales fue planteada la impugnación de la referida experticia es menester que esta Juzgadora señale lo establecido en el articulo 92 de la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela el cual reza: "Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. EL salario y las prestaciones sociales son créditos laborables de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozaran de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal" (comillas y negrillas del Tribunal) En este sentido una vez revisada minuciosamente la experticia complementaria del fallo elaborada por la Lic. Criseida Hernández, se constata que la misma se ajustó a los paramentos establecidos en el dispositivo del fallo dictado por el Tribunal de Alza.....
Juez/Ponente:
Sanil Aparicio Veloz
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados